jueves, 7 de mayo de 2015

NIC SP – PERÚ

NIC SP – PERÚ

Las NICSP son un conjunto de normas tanto para el registro de hechos económicos como para la presentación de Estados Financieros, emitidas por el International Public Sector Accounting Standards Board, el cual forma parte de la Federación Internacional de Contadores.
El objetivo principal de las NICSP es suministrar a las entidades del sector público información útil para la toma de decisiones y contribuir a la transparencia y rendición de cuentas de los recursos asignados, incrementando tanto la calidad como el detalle de la información financiera presentada por las entidades del sector público de los distintos países.



PROPÓSITOS
a)      Uniformizar y armonizar los criterios de aplicación en la contabilidad pública;
b)     Señalar los métodos, procedimientos, las políticas y las prácticas contables a nivel nacional e internacional;
c)      Eliminar la diversidad contable ante:
ü  Hechos económicos;
ü  Diversos criterios valorativos
ü  Diversos criterios informativos
ü  Diversos criterios de revelación y presentación
Todos ellos pueden producir errores materiales o significativos que distorsionan los EEF.
d)     Promover la uniformidad en el reconocimiento, medición o valuación y presentación de la información financiera a través de los EE.FF. y la forma como debe ser revelada y presentada.
e)      Promover información financiera: confiable, razonable, comprensible, transparente y comparable con los EE.FF. de otros países y pueda promover que las entidades del sector público tomen decisiones financieras sanas.
Objetivos
·         Contribuir en la elaboración y adopción de criterios de contabilidad que sean apropiados, equilibrados y comparables internacionalmente.
·         Promover la armonización de las prácticas contables a nivel internacional.
·         Promover el desarrollo de políticas contables a nivel nacional e internacional.
·         Orientar la aplicación de los criterios a utilizar sobre hechos económicos y transacciones realizadas por la entidad desde el punto de vista de:
ü  Reconocimiento.
ü  Medición.
ü  Revelación
·         Orientar a los usuarios de los estados financieros a interpretar la información patrimonial y presupuestaria.
FINALIDAD
a)      Armonizar la aplicación de las normas de contabilidad a nivel internacional que deben ser aplicados por los contadores en forma convictiva a fin de generar información:
ü  Confiable,
ü  Razonable,
ü  Transparente, y
ü  Comparable internacionalmente (planes de cuenta).
b)     El establecimiento de prácticas de información financiera adecuada.
c)      Consistencia en la aplicación de dichas prácticas.
d)     Uniformizar el lenguaje contable y financiero común.
e)      Reforzar el marco teórico de la información financiera pública.

En el Perú mediante Resolución Directoral N° 011-2013-F/51.01 oficializan las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público-NICSP, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores (IFAC).
La referida norma indica que la Dirección General de Contabilidad Pública ha iniciado un proceso de actualización y armonización de la contabilidad gubernamental con los estándares internacionales a fin de contribuir al desarrollo de economías internacionales fuertes, estableciendo y promoviendo la observancia de normas profesionales de alta calidad.
En este sentido, para la adopción de las referidas normas por las entidades del Sector Público, es necesaria oficializar las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB) - Edición 2011.
Esta resolución directoral que entrará en vigencia a partir del 19 de setiembre del presente año, en su anexo único detalla los títulos de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público-NICSP oficializadas, como sigue:
ANEXO
RESOLUCIÓN Nº 011-2013-EF/51.01
Los estándares emitidos por el Intenational Public Sector Accounting Standards Board – IPSASB son los siguientes:
·         NICSP 1 Presentación de estados financieros  establece las consideraciones generales para la presentación de estados financieros, la guía para la estructura de dichos estados y los requisitos mínimos para su contenido en el marco del sistema de contabilidad con base en devengado. Emitida en mayo del 2000. Fuente IAS 1
·         NICSP 2 Estados de Flujo de Efectivo requiere el suministro de información sobre los cambios en efectivo y sus equivalentes durante el periodo derivado de actividades operativas, de inversión y financiamiento. Emitido mayo 2000. fuente IAS 7
·         NICSP 3 Superávit Neto o Déficit por el periodo, errores fundamentales y cambios en las políticas contables.  Especifica el tratamiento contable para los cambios en estimaciones de contabilidad, cambios en las políticas contables y la corrección de errores fundamentales, define partidas extraordinarias y requiere la revelación separada de ciertos rubros en los estados financieros. Emitido  mayo 2000. Fuente IAS 8
·         NICSP 4 Los efectos de variaciones en el tipo de cambio de monedas extranjeras. Trata de la contabilidad para transacciones en moneda extranjera y operaciones en el exterior. La NICSP4  establece los requerimientos para determinar cuál es tasa de cambio que se utilizara para el reconocimiento de ciertas transacciones y saldos y de qué manera se reconocerá en los estados financieros el efecto financiero de las variaciones en el tipo de cambio de monedas extranjeras. Emitida mayo 2000 fuente IAS 21
·         NICSP 5 Costo de financiamiento. Prescribe el tratamiento contable de los costos de financiamiento y requiere ya sea la inmediata deducción de los  costos  de financiamiento o bien, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costos de financiamiento que son atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de un activo idóneo. Emitida mayo 2000 fuente IAS 23
·         NICSP 6 Estados Financieros consolidados y registro de entidades controladas. Requiere que todas las entidades controladoras preparen estados financieros consolidados en el que todas las entidades controladas se consoliden rubro por rubro. La norma también contiene una discusión detallada del concepto de control tal como se aplica en el sector público y una guía para determinar si el control existe para fines de información financiera. Emitida mayo 2000 fuente IAS 27
·         NICSP 7 Registro de inversiones en empresas asociadas. Requiere que todas las inversiones de empresas asociadas sean mostradas en estados financieros consolidados empleando el método de participación, excepto cuando la inversión se adquiere y mantiene exclusivamente con vistas a su enajenación en un futuro cercano, en cuyo caso se requiere el método de costos. Emitido mayo de 2000 fuente IAS 28.
·         NICSP 8 Información Financiera de Intereses en Negocios Conjuntos. Requiere adoptar la consolidación proporcional como tratamiento preferencial contable para los negocios conjuntos en los que participan entidades del sector público. No obstante, la NICSP8 también permite como alternativa autorizada contabilizar negocios conjuntos utilizando el método de participación. . Emitido mayo de 2000 fuente IAS 31.
·         NICSP 9 Ingresos por Transacciones de intercambio. Establece las condiciones para el reconocimiento de los ingresos provenientes de transacciones de intercambio, requiere que tales ingresos se midan al valor razonable de la prestación cobrada o por cobrar, e incluye requisitos de revelación. . Emitido junio de 2001 fuente IAS 18.
·         NICSP 10 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias. Describe las características de una economía hiperinflacionaria y requiere la reevaluación de EEFF de las entidades que operan en dichas economías. Emitido junio de 2001 fuente IAS 29.
·         NICSP 11 Contratos de construcción. Define los contratos de construcción, establece requisitos para el reconocimiento de ingresos y gastos que surgen de tales contratos e identifica ciertos requisitos de revelación. Emitido junio de 2001 fuente IAS 11.
·         NICSP 12 Inventarios. Define los inventarios, establece los requisitos para la valuación de inventarios (incluyendo aquellos inventarios mantenidos para distribución sin cargo o precio nominal) en el marco del sistema de costo histórico e incluye requisitos de revelación. Emitido junio de 2000 fuente IAS 2.
·         NICSP 13 Arrendamientos. Establece los requisitos para el tratamiento contable de transacciones de arrendamientos operativas o financieras por los arrendatarios o arrendadores. Emitida diciembre de 2001 fuente IAS 17.
·         NICSP 14 Hechos Posteriores a la Fecha de Presentación de los EEFF. Establece los requisitos para el tratamiento de ciertos hechos que acaecen en fecha posterior a la presentación de los EEFF y distingue entre hechos ajustables y no ajustables. . Emitida diciembre de 2001 fuente IAS 10.
·         NICSP 15 Instrumentos financieros: Revelación y Presentación. Establece requisitos para la presentación de los instrumentos financieros incluidos en el balance    (reconocidos) y excluidos del balance (no reconocidos).  Emitida diciembre de 2001 fuente IAS 32.
·         NICSP 16 Propiedades de Inversión. Establece el tratamiento contable, y las revelaciones relacionadas, para las propiedades de inversión. estipula la aplicación del valor razonable o bien del modelo de costo histórico. . Emitido diciembre de 2001 fuente IAS 40.
·         NICSP 17 Propiedad Planta y Equipo. Establece el tratamiento contable de las propiedades planta y equipo incluyendo la base y fecha de su reconocimiento inicial y la determinación de sus sucesivos valores de registro y la depreciación relacionada no requiere ni prohíbe el reconocimiento de activos que representan el patrimonio nacional. . Emitida 2002 fuente IAS 16.
·         NICSP 18 Información por Segmentos. Establece los requisitos para la revelación de la información en EEFF acerca de actividades distinguibles de las entidades informadoras.  Emitida junio de 2002 fuente IAS 24.
·          NICSP 19 Provisiones obligaciones contingentes  y activos contingentes. Establece los requisitos para el reconocimiento de provisiones y la revelación de obligaciones contingentes y activos contingentes.  Emitida octubre de 2002 fuente IAS 37.
·         NICSP 20 Revelaciones de partes relacionadas. Establece los requisitos para la revelación de transacciones con partes relacionadas con la entidad informadora incluidos Ministros, Equipo directivo y sus familiares cercanos.  Emitida 2002 fuente IAS 24
·         NICSP 21 Deterioro de activos no generadores de efectivo. Establece requisitos para determinar si un activo se encuentra deteriorado, y para el reconocimiento y revocación de las perdidas por deterioro, así como para las declaraciones que deberán formularse con respecto a los activos deteriorados. (la fecha de aplicación debe aún elegirse.)

·         La IFAC pretende con la emisión de las NICSP hacer que este tipo de empresas tengan una normatividad propia para así incrementar la calidad de la información financiera del sector público a nivel mundial.
·         Vemos como las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público son de gran ayuda para la presentación de estados financieros y en si toda la información financiera relacionada con el Sector Público, Ya que este tiene un tratamiento contable diferente al sector privado en algunos aspectos.
·         Por otro lado las traducciones al español que se han realizado actualmente de la NICSP, son de gran ayuda para los usuarios de esta información, puesto que facilita la interpretación de las mismas.
·         Con la implementación de esta Normas para el sector público, se busca mejorar la calidad de la información, y armonizar la presentación de la información a nivel mundial.

Bibliografía
Eutimio Mejia Soto – Carlos Alberto Montes Salazar. Contaduría Internacional-Aproximación a los Estándares Internacionales.
IFAC (Consejo de la Federación Internacional de Contadores). Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico. www.ifac.org.com.
Juan Fernando Mejia, Consultor Contaduría General de la Nación, Docente Universidad Central, Contador Público de la Universidad de Antioquia. www.juanfernandomejia.8m.com
http://www.mef.gob.pe/




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